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Ley de residencia

La imagen muestra a Miguel Cané, diputado que presentó el proyecto.

Esta ley, también es reconocida como la Ley Cané; es la número 4.144, y fue  sancionada por el Congreso de la Nación, el 23 de noviembre de 1902 bajo la presidencia de Julio Argentino Roca. Esta ley le permitía al gobierno a expulsar a inmigrantes sin un juicio previo; muchos gobiernos han utilizado la misma la contener y/o reprimir organizaciones sindicales y políticas de los trabajadores, expulsando, si bien sus destinatarios fueron cambiando, principalmente a anarquistas y socialistas.

Esta ley, es conocida también como la Ley Cané, ya que así era el apellido del diputado que llevo la iniciativa al congreso. El estado de este modo podía expulsar a extranjeros; al principio perjudico a extranjeros radicalizados y organizadores obreros, presentándose como otro elemento represivo en la confrontación de las clases que se abocaban a la lucha de los trabajadores.

Finalmente se deroga en  1958, pero durante los 56 años de su vigencia esta ley complementaba otras disposiciones represivas del Estado Nacional: como el estado de sitio, el allanamiento del partido socialista, incautación de publicaciones  (“La Protesta” y “La Vanguardia, represión de huelgas y manifestaciones, arresto a obreros activistas, entre otros.

Un dato curioso es que La ley Nº 1.460 del año 2004, instituye el 23 de noviembre como Día del Barrio de Belgrano en conmemoración de la fecha por la cual, en 1855, se dispone la creación de un pueblo en la zona «La Calera», posteriormente denominado «Belgrano».  La iniciativa de un grupo de vecinos de subdividir el Partido de San José de Flores se fundaba en el aumento de población en la zona, y proponía la creación de un nuevo pueblo «sobre terrenos de la Calera (zona cercana a la actual plaza Barrancas de Belgrano), a la mitad del camino que va a San Isidro». En 1880, y por espacio de unos meses, el gobierno nacional eligió al pueblo de Belgrano como capital provisoria de la República. En 1883, debido a su crecimiento económico, social y edilicio, fue declarado ciudad, pasando a integrar la Capital Federal junto con Flores desde 1887.

Les dejo a continuación  la ley de Residencia:

«El Senado y la Cámara de Diputados sanciona con fuerza de ley:
Artículo 1º: El Poder Ejecutivo podrá ordenar la salida del territorio de la Nación a todo extranjero que haya sido condenado o sea perseguido por los tribunales extranjeros por crímenes o delitos comunes.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo podrá ordenar la salida de todo extranjero cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público.
Artículo 3º: El Poder Ejecutivo podrá impedir la entrada al territorio de la república a todo extranjero cuyos antecedentes autoricen a incluirlo entre aquellos a que se refieren los artículos anteriores.
Artículo 4º: El extranjero contra quien se haya decretado la expulsión, tendrá tres días para salir del país, pudiendo el Poder Ejecutivo, como medida de seguridad pública, ordenar su detención hasta el momento del embarque.
Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo»

 Vía: www.buenosaires.gov.ar