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Las Cooperadoras escolares tienen una ley nacional

 Las cooperativas tienen una gran misión social y a pesar de que son antiguas, no contaban con una legislación nacional que regulara tantos los objetivos como su funcionamiento.

Desde el momento en que el estado comenzó a asumir sus responsabilidades en la educación, surgieron varias asociaciones civiles muy preocupadas por el sostenimiento de las escuelas. Estas tenían como fin intentar conseguir establecimientos para sus barrios o mantener las condiciones ya existentes, apuntando a mejorar.

El antecedente más antiguo que se conoce es la Junta Vecinal de Ayuda a las Escuelas, fundada en Chascomús un 15 de octubre de 1816. A partir de allí empezaron a desarrollarse, planteándose también objetivos como la escolarización masiva, atender las necesidades básicas de los niños que concurren a la escuela y acercar a las familias con la institución mediante la organización de actividades.

En 1930 el estado decide regularlas y dicta un  reglamento, pero recién en la década del 40 toman las características que hoy conocemos.

Por un lado las cooperativas buscan la participación ciudadana y el compromiso hacia las escuelas, y por otro ayudar en el mantenimiento de los edificios y mobiliarios, y la adquisición de material educativo. Muchas veces lamentablemente terminaron supliendo las obligaciones del estado.

La nueva ley es la 26.759 fue sancionada por una iniciativa de Daniel Filmus, y tiene como principal objetivo que las cooperadoras funcionen en apoyo a las escuelas, y evitar que ellas tengan que reemplazar las obligaciones del estado. La legislación autoriza a las cooperadoras a formar parte de las acciones que  tiendan a la promoción de la igualdad y el fortalecimiento de la ciudanía democrática, a contribuir al mejoramiento de las condiciones del espacio escolar, realizando actividades de índole cultural, deportivas o recreativas. La diferencia es que la ley brinda rango institucional a las cooperadoras, por lo que el funcionamiento no dependerá de los directivos de las escuelas, ni será necesaria la presencia de estos cuando se realicen actividades.